Lima.- Católicas por el Derecho Decidir-Perú piden despenalizar el aborto solo en caso de violación mediante la campaña “Y tú, ¿condenarías a Mariana?”, que busca impulsar a la reflexión sobre el estigma y la condena moral a las mujeres que deciden interrumpir sus embarazos producto de una violación sexual y promueve el respeto a la libertad de decidir de las mujeres e informar que la doctrina católica no sanciona a las mujeres que abortan en determinadas situaciones y respeta la libertad de conciencia de las mujeres.
Mariana, tiene 18 años y ha sido violada. Ahora está embarazada fruto de esa violación. Ella no quiere tenerlo, pero las leyes y la gente la condenan. Y tú ¿condenarías a Mariana? A través del Personaje ficticio de Mariana, se busca la reflexión y el debate sobre la condena moral, legal y religiosa que sufren las mujeres que deciden interrumpir su embarazo fruto de una violación.
La campaña “Y tú, ¿Condenarías a Mariana?”, se viene difundiendo con especial énfasis en los distritos más populosos de Lima, como: San Juan de Lurigancho, Villa El Salvador, Comas, Independencia, San Martín de Porres, entre otros, además de El Callao.
El Perú ocupa el primer lugar como el país con más denuncias por violación sexual en Sudamérica, y el puesto 16 en el mundo (Mujica 2011). Según la Policía Nacional del Perú, el 78% de las mujeres que denuncian una violación sexual son menores de edad, y 7 de cada 10 mujeres violadas podrían salir embarazadas porque se encuentran en edad reproductiva. Las leyes peruanas condenan a las mujeres que deciden interrumpir su embarazo, aun cuando el 61% de la población de Lima, según Ipsos Apoyo, aprueba la despenalización del aborto por violación sexual.
Las mujeres con un embarazo producto de una violación sexual que deciden abortar son sometidas a una condena moral de parte de la jerarquía de la Iglesia Católica. Sin embargo, no informan a la feligresía que el derecho canónico, normatividad interna de la Iglesia católica, indica que no hay ningún tipo de sanción por aborto cuando la mujer es menor de 16 años, actuó presionada por miedo, por evitar un grave daño, en legítima defensa, por violencia o de manera accidental ignoraba que infringía una ley o porque carecía de razón o sufría alguna deficiencia mental.