Por Silvio López Fajardo
La Amazonia posee un recurso potencial económico genético incalculable para las próximas generaciones, custodiada por la Constitución Nacional y los diferentes protocolos Internacionales. Bajo este criterio estableceremos un breve escrito de los transgénicos (Organismos vivos modificados OVG– organismos Genéticamente Modificados – OGM) y las diferentes posiciones, grados de aceptación o rechazo sobre la manipulación de la Biotecnología ADN recombinante, la cual genera un temor social que se estructura en la desinformación sobre los avances y logros que la ingeniería genética que se ha desarrollado los últimos años, especialmente buscan orientar estos conocimientos al servicio de la humanidad, se tratada de proveer una vida digna a las personas que padecen de enfermedades terminales, quienes son las que asumirían posiciones favorables de la aplicación de transgénicos.
A su vez con la cruda realidad de que el planeta tierra en su capacidad de carga ambiental y ecológica se ha visto disminuida por las actividades antrópicas y naturales, pero es de precisar que existen daños ambientales irreversibles para la salud humana y la resilencia de la naturaleza parece incapaz de soportar su regulación. Es ahí que la tecnología ADN recombinante puede actuar a favor de la supervivencia de la humanidad o se asuma el riesgo especial a degenerar la capacidad productiva de las comunidades de las montañas, quienes son los que han domesticado a los animales y los productos agrícolas.
El mundo moderno preocupado por los avances de genética, en ocasiones se observó que tratar estos temas eran tabús del desarrollo tecnológico social e industrial, a pesar de todo este escenario tecno burocrático quienes aún muchos desconocen las formas o fenómenos que finalmente la naturaleza ha proporcionado en el buen entendimiento de cómo se comporta los componentes de la naturaleza y su ambiente viviente, que se compone de muchos seres vivos bacterianos o virus que benefician o perjudican el normal desarrollo del proceso de la vida.
Ante estos fenómenos sociales y con el impulso de científicos de poder entender la vida y su comportamiento en la tierra, los Estados se vieron obligados a estudiar y de fondo regular sobre la seguridad de la biotecnología y muchos países adoptaron el Protocolo de Cartagena en Bioseguridad, bajo el principio de precaución que debe aplicarse ampliamente para proteger de los riesgos de los movimientos transfronterizos de los eventos adversos a la salud humana y el potencial de los recursos naturales y bacterianos, que están dispuestos en el medio ambiente.
Existen posiciones importantes de pensamientos diferentes sobre los OGM, que se consideran peligrosos para el hombre y la biodiversidad, estas amenazas, riesgos y daños pueden ser irreversibles para la reparación objetiva, no se trata de reparar los daños con compensaciones materiales o económicas. Con la creación del protocolo de Cartagena lo que busca es aplicar el principio precautorio[1] de los golpes crudos al medio ambiente y alos recurso naturales. Especialmente cuando por sus costos en la investigación esta materia en muchos Estados aún se encuentra a la merced de multinacionales dedicadas a buscar exclusivamente beneficios económicos, generando pérdidas en la propiedad de la biodiversidad y aun cultural de los países en desarrollo, Estos riesgos son evidentes y aplastantes para el caso de la autonomía alimentaria la que puede depender en el futuro de este tipo de tecnología ADN recombinante.
Finalmente la responsabilidad del riesgo ambiental recae en el Estado bajo el control público y en su mejor recurso el control social, al cual se debe potencializar desde la conceptualización y gradualmente generar alcances de investigaciones que conserven su continuidad. Por lo general la materia tiene un riesgo profundo para proporcionar accidentalmente daños especiales, públicos o colectivos, en referencia a la aminoración del patrimonio natural; para su defensa preventiva o reparadora debe protegerse con Acciones Populares por violación del Derecho Colectivo a la Seguridad Pública o de una Acción de Tutela por Violación de los Derechos Fundamentales del ambiente con conexidad a defender la vida, con el objeto de responsabilizar al actor o actores y a las víctimas de los daños respectivos sean reparadas por los perjuicios corporales, materiales y morales.
Pero a este acaecer la rama judicial aún no posee las herramientas técnicas y jurídicas suficientes para probar que dichos daños colectivos o individuales por dolo o culpa o una falla probada en el servicio por no cumplir las funciones constitucionales o básicamente por no asumir con responsabilidad del protocolo de Cartagena en Bioseguridad, por ende la sociedad local amazónica aún no sabemos que pueda garantizar el protocolo de Nagoya de acceso a los recurso genéticos y participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de su utilización.
Pero si es pertinente que al respecto los Gobiernos Locales, organizaciones ambientales, Corpoamazonia, Sinchi y la comunidad fortalezcan o tomen cartas en el asunto ya que existen amenazas que no tienen piso para las generaciones futuras y se hace necesario un proyecto de un subterráneo de 500 mts de profundidad o más, para establecer el banco genético de la biodiversidad amazónica y en los planes de riesgo locales se identifique a los transgénicos como una amenaza para la Biodiversidad de la amazonia y la supervivencia de las comunidades locales, quien son los que conocen y han conservado la Amazonia para el servicio ambiental de la humanidad.
Fin De Un Nuevo Comienzo
[1]Daño Ambiental. Tomo II. Universidad Externado de Colombia.
URL: http://miputumayo.com.co/?p=24694